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ENTRA EN VIGOR LA NUEVA LEY DE ALQUILER

El pasado 4 de Junio de 2013 se publicó en el BOE mediante Real Decreto un nuevo marco legal referente a la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994. Mediante este decreto se modifican algunas cláusulas importantes dela LAU de 1994. <br>Entre las modificaciones destacamos las siguientes:<br>- Duración mínima del contrato pasa a ser de tres años con renovación tácita de un año.<br>-  Obligatoriedad de permanencia de seis meses por parte del arrendatario y de un año por parte del arrendador siempre que sea para uso propio o familiar de primer grado.<br>- Libre pacto en cuanto a la revisión de la renta anual.<br>- Si el propietario vende el inmueble arrendado y el contrato no está inscrito en el Registro de la Propiedad, el arrendatario deberá dejar la vivienda una vez transcurridos tres meses desde su notificación.<br>- Se introducen nuevas medidas relacionadas con el deshaucio así como la previsión de creación de un registro de morosos.<br><br>Enfatizar que la presente Ley prentende flexibilizar los pactos por lo que cualquiera de estas cláusulas podran ser modificadas siempre que ambas partes esten deacuerdo y quede reflejado en el contrato.<br><br>Cabe comentar que los contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigor de la presente Ley, se regirán por lo estipulado en el contrato que se firmó, y en su defecto por lo que marca la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994.<br>

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